Resumen Medidas apoyo a emprendedores. RD 23 febrero
Resumen medidas apoyo a emprendedores y creación de empleo. Real Decreto 23 de febrero 2013
Tarifa plana de 50€ en la cotización a la Seguridad Social
Los menores de de 30 años que inicien una actividad como autónomos, pagarán únicamente 50€ a la Seguridad Social durante los 6 primeros meses de actividad (reducción del 80%).Durante los 6 meses siguientes, se les aplicará una reducción del 50%, y durante los 18 meses siguientes, una reducción (3 meses) y una bonificación (15 meses) de un 30% de la cuota. En total, habrá una reducción u otra de las cuotas a la Seguridad Social durante los 2 años y medio desde el inicio de actividad.
En el caso de personas con discapacidad se aplicará la tarifa plana durante 12 meses y una bonificación del 50% durante cuatro años más.
Compatibilización del paro y el alta de autónomos
Una medida dirigida también a menores de 30 años. Se podrá seguir cobrando el paro durante los primeros 9 meses de alta al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Así mismo, se amplía de 2 a 5 años la duración del ejercicio de una actividad por cuenta propia que permite interrumpir y, por tanto, reanudar el cobro de la prestación.
Ampliación de las posibilidades de capitalización del desempleo para iniciar una actividad emprendedora
Si hasta ahora la capitalización del paro se podía utilizar únicamente para iniciar una actividad comoautónomo o para integrarse en una cooperativa o sociedad laboral, a partir de ahora, los menores de 30 años podrán utilizarla también para realizar una aportación al capital social de una sociedad mercantil.
Además se podrá utilizar esta capitalización para adquirir servicios de asesoramiento, formación e información,y cubrir los gastos de constitución de una nueva sociedad.
El importe íntegro capitalizado estará exento de tributación al IRPF (hasta ahora el importe exento estaba limitado a 15.500€)
Estímulos a la contratación
Dentro de las medidas que persiguen facilitar la contratación, son de especial interés para emprendedores y microempresas las siguientes reducciones de la cuota empresarial a la Seguridad Social:
- Del 100% durante un año a los autónomos y las empresas de hasta 9 trabajadores que contraten de forma indefinida a parados menores de 30 años.
- Del 100% para pimes para la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa para menores de 30 años sin experiencia laboral previa, que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo o que se encuentren desempleados desde hace más de 12 meses. Esta reducción será del 75% para empresas de más de 250 trabajadores.
- Contrato “generaciones”: Reducción del 100% para contratar a un desempleado de larga duración mayor de 45 años que pueda ofrecer a la actividad la experiencia necesaria.
- Bonificaciones durante tres años (800€/año) por la incorporación como socios trabajadores de menores de 30 años en cooperativas y sociedades laborales.
Tributación reducida de sociedades de nueva creación y autónomos
- Las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15% (base comprendida entre 0 y 300.000 €) y del 20% (resto de la base) durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.
- Los autónomos que inicien actividades económicas podrán aplicar una reducción del 20% en los rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.
Medidas de lucha contra la morosidad
Se establece un plazo de pago de 30 días para todas las operaciones privadas, ampliables como mucho a 60 días de mutuo acuerdo.
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